Desde Material Bitcoin hemos estado analizando el nuevo decreto, concretamente el decreto 249/2023, en el que entra en vigor el modelo 721 de Hacienda (una versión del modelo 720 adapatado a criptomonedas).
Para ello, nos reunimos con Jesus Lorente de CLCripto, la consultora legal cripto más grande de España, para ver exactamente cómo funciona el modelo 721 y encontrar maneras legales de cómo evitar este tipo de controles fiscales.
Vamos allá.
¿A quién va dirigido exactamente el real decreto 249/2023?
Este decreto en el que se recoge el modelo 721 va dirigido a las empresas que se dedican a la custodia de criptomonedas durante todo el año y a los inversores de criptomonedas que tengan sus criptos en exchanges en el extranjero (Coinbase, Binance, Kucoin, entre otros).
¿Qué es exactamente el modelo 721 de criptomonedas?
El modelo 721 es muy parecido al modelo 720 que tenemos actualmente, que obliga a los españoles a declarar sus acciones, cuentas o inmuebles en el extranjero si superan más de 50.000€ a final de año.
El modelo 721 es una trasposición del modelo 720 a la parte cripto. Es decir, el modelo 721 obliga a los españoles a declarar las criptomonedas que tienes en exchanges extranjeros cuando estas superan la cantidad de 50.000€ a 31 de diciembre.
Un ejemplo:
Si tienes 30.000€ en Coinbase y 40.000€ en Binance, la suma son 70.000€ y tendrás que declararlo. Recuerda que es la suma de todo.
Aquí te dejo un artículo sobre cómo declarar criptomonedas en España paso a paso.
¿Cuándo entra en vigor en modelo 721?
El 24 de abril del 2023. No siendo obligatorio para este año.
¿Cuándo hay que hacer el modelo 721?
Este modelo habrá que hacerlo en la declaración de la renta de sobre el año anterior. Es decir, tendrás que informar si tus criptomonedas superaron los 50.000€ en exchanges extranjeros hasta el 31 de diciembre del año anterior.
¿Cómo evitar el modelo 721?
Ahora vamos a ver dos situaciones distintas para evitar informar en este modelo 721:
Cuando tienes menos de 50.000€
El modelo 721 siempre va asociado a que alguien tenga nuestra clave privada y que esté en el extranjero. Entonces, si sacamos nuestros fondos a un monedero frío como Material Bitcoin o Material Ether, por ejemplo, nunca habrá que informar de este modelo. ¿Por qué? Porque nuestros fondos los tendremos nosotros y no un exchange extranjero.
Si no quieres informar del modelo 721 a partir de ahora, lo lógico es que compres bitcoin en exchanges extranjeros o en plataformas peer to peer siempre en cantidades menores a 50.000€ y los guardes inmediatamente en tu Material Bitcoin o tu wallet fría. De esta forma te evitarías el tener que informar en años sucesivos.
El secreto es ser tú mismo el custodio de tus claves privadas y así siempre nos evitaremos el tener que informar de este modelo 721.
*OJO* Esto no quiere decir que si vendemos o realizamos transacciones con estas criptomonedas no tengamos que tributar en la renta. Es decir, una cosa es no informar en este modelo 721 y otra muy distinta es no tributar en renta si realizamos compras o ventas con estas criptomonedas.
Cuando tienes más de 50.000€
Cuando ya tienes más de 50.000€ en uno o varios exchanges en el extranjero, en teoría, sí estás obligado a informar pero, ¿tienes todavía tiempo de sacar ese dinero de los exchanges?
Sí, si quieres se muy prudente, tienes todavía tiempo para sacar el dinero del exchanges y pasarlo rápidamente a tu wallet fría.
¿Cómo serán las sanciones del modelo 721?
No sé si te acuerdas que, el problema tan grande que hubo con el modelo 720 fueron las grandes sanciones que había, tenía unas multas desorbitadas y, además, los errores no prescribían con el paso de los años… arruinó a mucha gente y generó bloqueos en gente que sí quería cumplir pero no podía hacerlo sin desencadenar un drama. A día de hoy, estas sanciones las han reducido muchísimo gracias a Europa.
Como comenta Jesús, con el modelo 721 no va a suceder esto, ya que Europa lo dejó bastante claro en su día. Probablemente las sanciones del modelo 721 sean exactamente iguales a las actuales del modelo 720.
Por lo tanto, si queremos cumplir con este modelo y evitar declarar, pásatelo todo a una wallet fría.
Resumiendo
- Si tienes menos de 50.000€ a día de hoy: te compensa sacarlo a un monedero, porque imagínate que el Bitcoin se revaloriza, no querrás que te pille de repente y te haga informar.
- Si tienes ahora más de 50.000€: seguramente tengas hasta el 31 de diciembre para sacarlo y no tener que informar. Sin embargo, si quieres estar totalmente seguro todavía te quedan unos días hasta que entre en vigor este real decreto y podrías aprovechar este pequeño periodo de gracia.
¿Qué monedero frío usar?
Nosotros ponemos a tu disposición nuestro monedero frío Material Bitcoin o Material Ether, el más seguro del mercado en la actualidad. ¿Por qué? Porque es resistente a hackers y a robos, ya que no está conectado a internet.
Además, también es resistente al agua, golpes y altas temperaturas. Tanto es así, que nuestras wallets tienen una garantía de 100 años.
Son muy sencillas de utilizar y, en caso de que tengas alguna dificultad, ponemos a tu disposición un servicio completo y gratuito de asistencia personalizada.
Para finalizar, queremos dar las gracias a todo el equipo de CLCripto y a Jesús Lorente en particular. La consultora legal especializada en cripto más grande de España a día de hoy. Así que, si tienes alguna duda o necesitas ayuda respecto a la declaración cripto o en cuanto a este modelo 721, puedes contactarles directamente desde su web.
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